El Pitazo
Vanessa Leonett

5 agosto, 2020

La Ley Orgánica de Protección del Niño, Niña y Adolescente (Lopnna) establece las instancias a las que se debe acudir para denunciar un caso de maltrato infantil

De acuerdo con datos del Observatorio Venezolano de Violencia (OVV) correspondientes al año 2018, cada seis horas murió un niño en el país víctima del maltrato. Durante 2020 y con el agravante de la cuarentena por el COVID-19 surgen nuevos episodios que salen a la luz y estremecen a la opinión de la sociedad venezolana, bajo el silencio del Estado, que no revela cifras oficiales sobre el maltrato infantil.

Dos videos que se difundieron este 4 de agosto en redes sociales exponen en uno cómo el padre maltrata a una pequeña niña de tres años al tiempo de que le exige que se porte bien; en el otro se muestran las secuelas en el cuerpo de un niño que fue maltratado y abusado por su progenitor.

Para el Centro Comunitario de Aprendizaje (Cecodap), ONG que desde el año 1984 promueve y defiende los derechos de los Niños, Niñas y Adolescentes, ninguna forma de violencia hacia ellos debe ser aceptada ni normalizada.

La organización considera que muchas veces la sociedad normaliza la violencia hacia los niños y la ven como una forma de relación en la que el padre o la madre creen tener licencia para agredir a los pequeños.

El coordinador del programa Creciendo sin Violencia de Cecodap, Abel Sarabia, precisa que desde que inició la cuarentena en Venezuela (16 de marzo) la ONG ha recibido 400 consultas todas relacionadas con maltrato infantil. Advierte que la cifra puede ser mayor porque aún no totalizan todos los datos.

¿Dónde denunciar un caso de maltrato infantil?

Las instancias primarias a las que se debe acudir frente a un caso de maltrato infantil son los Consejos de Protección del Niño, Niña y Adolescente; estos órganos están facultados por la ley para procesar cualquier situación que represente una agresión o vulneración de los derechos de los niños y adolescentes.

Estas instancias son garantes de que se cumpla lo establecido en la Ley Orgánica de Protección de los Niños, Niñas y Adolescentes. Los consejos de protección dependen directamente de los gobiernos municipales. En caso de tener alguna denuncia pueden dictar medidas de protección para los pequeños; esto puede incluir algún tipo de atención médica o psicológica u ordenar la separación del niño de la persona que lo maltrata.

La ley también establece en su artículo 119 cuáles son las instancias que integran el sistema rector nacional para la Protección Integral de Niños, Niñas y Adolescentes. Dentro de este sistema se encuentran:

  1. Ministerio del poder popular con competencia en materia de protección integral de niños, niñas y adolescentes.
  2. Consejos de Derechos de Niños, Niñas y Adolescentes y Consejos de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes (ya mencionado como una de las primeras instancias donde denunciar).
  3. Tribunales de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes y Sala de Casación Social del Tribunal Supremo de Justicia.
  4. Ministerio Público
  5. Defensoría del Pueblo
  6. Servicio Autónomo de Defensa Pública
  7. Entidades de atención
  8. Defensoría del Niño, Niña y Adolescente
  9. Los consejos comunales y demás formas de organización popular.
  10. Las policías administrativas y el Cicpc

Es una obligación denunciar

El marco legal además indica que tanto los educadores como los médicos que durante el ejercicio de sus funciones estén al tanto de un caso de violencia contra un menor de edad están obligados a denunciar, de lo contrario serán considerados cómplices del delito. También establece en su artículo 121 que el Estado y la sociedad son responsables por la ejecución y control de las políticas de protección de los niños, niñas y adolescentes.

Cecodap también tiene en su sitio web una guía sobre cómo denunciar un caso de maltrato infantil. En ese apartado explica que los órganos receptores (mencionados en la lista anterior) deben notificar el caso al consejo de protección; esta instancia dictará las medidas de protección respectivas dependiendo del hecho.

La denuncia será a su vez notificada al Ministerio Público, que se encargará de dar inicio a los procedimientos penales y de investigación.

Cecodap explica que los órganos receptores de las denuncias deben garantizar que el procedimiento sea sencillo, rápido, eficaz y además están en el deber de orientar a la persona que hace la denuncia. En este sentido detallan que se debe cumplir con lo siguiente:

  1. Los órganos receptores de denuncias están obligados a informar, orientar y referir a la instancia idónea de acuerdo con los hechos que motiven una denuncia.
  2. La denuncia se puede realizar de forma oral o escrita. Si la denuncia es oral se levantará un acta en presencia del denunciante, que contendrá sus declaraciones. Esta acta debe ser firmada por el denunciante y el funcionario que la reciba.
  3. Toda denuncia debe especificar los datos de identificación del denunciante, datos de domicilio, narración de los hechos y los nombres de cada una de las personas señaladas en estos.

Apoyo en Cecodap

Esta ONG también trabaja en la orientación de los denunciantes. Cada caso que reciben es evaluado por su equipo jurídico, que se encarga de hacer una primera entrevista siguiendo algunas pautas y procedimientos.

«Cuando la gente llama, nosotros hacemos una primera recepción de los datos, luego una entrevista preliminar, luego se decide si puede ser atendido o no, debido a que tenemos unas líneas de trabajo; una vez es admitido, se entrevista a los padres o representantes y se avanza».

El equipo jurídico determinará, con base en los datos recopilados, si el niño, niña o adolescente se encuentra en situación de riesgo. De ser así proceden a hacer la denuncia ante los organismos facultados por la ley para que estos actúen.

«Una vez el caso es admitido, si se estima que hay una situación de riesgo, pues se valora su alcance. Tenemos un equipo jurídico con quienes evaluamos si esto puede suponer una amenaza a la integridad física de los niños, de ser así se procede conforme a lo establecido en la ley, o bien se hace la denuncia vía consejo de protección, o vía Ministerio Público”, explicó Sarabia en una nota publicada en el sitio web de Cecodap.

Con información de Cecodap y la Lopnna

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