Hablar de los derechos humanos en Venezuela, es un tema que trasciende nuestras fronteras, por las diversas denuncias que cursan en contra del Estado venezolano y que han tenido eco en diversas instancias internacionales, entre las que destacan la Alta Comisionada de las Naciones Unidas, Human Rights Watch, el Consejo de Derechos Humanos de las Naciones Unidas a través de su Examen Periódico Universal (EPU) y desde noviembre de 2021, cuando el fiscal de la Corte Penal Internacional Karim Khan anunció su decisión de abrir una investigación sobre posibles crímenes de lesa humanidad.

Esto, a pesar que, desde hace años el Ministerio del Poder Popular para Relaciones Interiores, Justicia y Paz (MPPIJP) de Venezuela, a través del Consejo General de Policía (CGP), adoptó una reforma de los cuerpos policiales, considerando una serie de principios rectores para la actuación policial, entre los que destaca el uso progresivo y diferenciado de la fuerza policial como un estándar de obligatorio cumplimiento por las funcionarias y los funcionarios policiales en el marco de la garantía a los derechos humanos.

Sin embargo, de acuerdo con los datos presentados en el informe anual del Observatorio Venezolano de Violencia (OVV), en Venezuela no siempre se cumplen los principios básicos sobre el empleo de la fuerza y de armas de fuego, para que los funcionarios encargados de hacer cumplir la ley, sean garantes de los preceptos legales internacionales establecidos para la regulación de los cuerpos policiales.

Esta realidad nacional alcanza a Trujillo, estado donde el 99,3% de los hogares presenta inseguridad alimentaria, además de padecer problemas con el suministro de agua potable, electricidad, acceso al combustible, entre otras dificultades, de acuerdo con los datos de la Encuesta Nacional de Condiciones de Vida en Venezuela (Encovi) del 2021.

En esta entidad, según el balance del primer trimestre de 2022 del OVV Trujillo, se mantiene la tendencia porcentual de muertes por intervención policial, causadas por presuntos enfrentamientos con cuerpos de seguridad del estado. Esta categoría de violencia sólo disminuyó 0,86% con relación al primer trimestre del 2021. Durante ese período, enero presentaba un 83% de víctimas mortales por sucesos violentos cometidos por funcionarios pertenecientes a los cuerpos de seguridad del Estado.

Para 2022, al cierre del primer trimestre se contabilizaron 7 muertes por intervención policial y nuevamente la mayoría de ellos ocurrieron en la zona baja de la entidad. Según los reportes de prensa regional, la totalidad de estas muertes violentas son el resultado de enfrentamientos entre presuntos delincuentes y funcionarios policiales. Como el caso de Géiser Daniel Gil, miembro de la banda del “Nelsito” que resultó abatido de acuerdo con la versión del Cicpc de Sabana de Mendoza del municipio Sucre, cuando los funcionarios policiales investigaban una extorsión. La versión oficial fue que mientras se realizaba un trabajo de campo, el hombre al verse acorralado, abrió fuego en contra de la comisión policial.

Aunque es cierto que entre las principales funciones que tienen los cuerpos de seguridad de estado, se considera el uso legítimo de la fuerza y de las armas de fuego, no es menos cierto que el artículo 55 de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela, establece la protección que brinda el Estado a sus ciudadanos, la cual afirma que:  “los cuerpos de seguridad del Estado respetarán la dignidad y los derechos humanos de todas las personas. El uso de armas o sustancias tóxicas por parte del funcionario policial y de seguridad estará limitado por principios de necesidad, conveniencia, oportunidad y proporcionalidad, conforme a la ley”.

De allí que desde el OVV Trujillo, cuando contabilizamos las muertes por intervención policial, como investigadores académicos, también analizamos las circunstancias de víctimas y victimarios, lo cual incluye un monitoreo sobre el comportamiento ético de los funcionarios adscritos a los cuerpos policiales, quienes, en la práctica, deben ser los garantes del respeto a los principios constituciones, propugnando una actuación acorde con la legalidad, proporcionalidad y garantía de mínima actuación violenta, sin omitirla cuando ineludiblemente se requiera. Esto, con la finalidad de minimizar la tasa de violencia de muertes por resistencia a la autoridad en la entidad trujillana.

Equipo del Observatorio Venezolano de Violencia en Trujillo (OVV Trujillo)