Roberto Briceño-León y Alberto Camardiel

Introducción

El quinto mandamiento escrito en las dos tablas con las cuales Moisés bajó del monte Sinaí, según nos cuenta la Biblia, prescribe a su pueblo una ley sagrada que le ordena sin ambigüedades un no matarás (Éxodo, 20:13). La cultura judeocristiana se formó bajo las orientaciones éticas y morales del decálogo de Moisés, conocido como la ley de Dios. Los patrones culturales predominantes en Venezuela se forman bajo estas orientaciones donde la gran mayoría de los habitantes se declaran católicos, cristianos o judíos y se acogen a las obligaciones de los diez mandamientos.

Sin embargo, las personas y las legislaciones de Venezuela y de otros países reconocen el derecho a matar en determinadas circunstancias. A lo largo de la historia, las sociedades han mudado su forma de entender la posibilidad legítima de matar a otra persona. Las monarquías han ejecutado decapitaciones en las plazas públicas para hacer respetar su poder; las organizaciones religiosas han condenado a muerte a personas como castigo por blasfemia o brujería; el nazismo mató en las cámaras de gas a miles de adultos y niños por ser calificados como “impuros de raza”; y la dictadura comunista eliminó a decenas de miles de adversarios políticos o disidentes del partido en las purgas políticas que emprendía. Todos ellos consideraban que tenía el derecho para hacerlo.

La cultura del derecho de matar ha cambiado de manera substantiva en el mundo contemporáneo y por eso la pena de muerte ha ido desapareciendo de las legislaciones penales. Venezuela fue el primer país de América Latina en abolir la pena de muerte en 1863, y ya 160 países en el mundo la han hecho desaparecer de sus legislaciones penales. Sin embargo, quedan muchos países donde se mantiene la posibilidad legal de aplicar la pena de muerte por causales tan diversos como la comisión de crímenes atroces, la traición a la patria, la blasfemia, el adulterio o la homosexualidad.

En la teoría sociológica, el Estado tiene el monopolio de la violencia a partir de la sustracción de la posibilidad del ejercicio de la violencia por los actores privados (Weber,1965). El Estado, entonces, se arroga el derecho exclusivo del uso de la violencia y por lo tanto se le considera como la única legítima. De este modo, los individuos y la sociedad civil pierden su derecho a la aplicación de castigos, a retaliar y tomar venganza por sus propios medios (Bourdieu, 2012).  

A pesar de esos cambios, en la sociedad moderna se mantiene la posibilidad de matar si se hace en defensa de su integridad personal o la de un tercero, y en ese caso se considera que la acción es legal y así lo establecen las legislaciones penales vigentes. Se asume que, en esos momentos y casos, el Estado no tiene la posibilidad de ofrecer la debida protección, y por lo tanto se devuelve a la persona el derecho de defenderse de la inminente amenaza.

Pero hay otros casos donde la moral de la sociedad, y no la ley, estima que es legítimo, aunque no legal, matar al agresor en defensa o venganza, pues se defienden unos valores considerados más altos y que por lo tanto justifican tales acciones. En algunos casos, como pueden ser lo relativos al honor personal, no solo lo reivindican el derecho a matar como retaliación, sino que obligan culturalmente a las personas a cometer los asesinatos para vengar y limpiar el honor que ha sido mancillado (Elster, 1990).

La legitimidad del acto de dar muerte responde a una constelación cultural compleja donde se combinan los valores de la moral individual y colectiva y la percepción de la amenaza de la situación (Sarat & Shoemaker, 2011). Lo llamamos “derecho” no en el sentido jurídico, sino como la legitimidad de una acción que responde a los valores de esa sociedad, tales como defensa de la vida propia, de la familia o de las propiedades, así como también la defensa de las identidades colectivas, como los son la ideología política, el partido, la religión, la patria o motherland, para los cuales existe la obligación cultural de salir a defenderlos. Todos esos valores o identidades forman parte de las justificaciones aceptadas socialmente para dar muerte a otros, en eventos tan disímiles como la respuesta individual a un asalto, las venganzas del honor, los atentados terroristas, las beligerancias entre países o las cruzadas de las guerras santas de la religión.

En la sociedad venezolana hay dos valores a los cuales se les asigna una particular importancia y que por lo tanto pueden y deben ser custodiados con tanta fiereza que se estima pueden legitimar que las personas adquieran y ejerzan el derecho de matar al otro que amenaza en su defensa; estos valores son la familia y la casa-propiedad (Briceño-León, Camardiel & Ávila, 2006).

El presente estudio procura conocer cuál es el nivel de aceptación social que tiene la idea popular que las personas tienen derecho a matar para defender a su familia y para defender su casa o propiedad. Se procuró conocer la magnitud de la aprobación o rechazo de estas afirmaciones y cuáles eran los rasgos sociales y culturales asociados con tales potestades, con cuáles factores se asociaban y en qué grado expresaban su acuerdo o desacuerdo ante tales dictum.

Método

Para realizar el presente reporte se utilizó la encuesta nacional que se llevó a cabo con el propósito de evaluar la percepción de los entrevistados sobre la eficacia, confianza y corrección del sistema de protección policial y de las instituciones de justicia penal, colocando el énfasis en la legalidad y legitimidad de las actuaciones de los diversos actores sociales.

En este estudio se incluyeron dos preguntas que serán las que analizaremos en profundidad en el presente reporte: ¿Qué tan de acuerdo o en desacuerdo está usted con que una persona tiene derecho a matar para defender a su familia? y ¿Qué tan de acuerdo o en desacuerdo está usted con que una persona tiene derecho a matar para defender su casa o propiedad? En ambos casos las opciones de respuesta contemplaron cuatro posibilidades, a saber, Totalmente de acuerdo (TA), de acuerdo (A), en desacuerdo (D) y totalmente en desacuerdo (TD).

La encuesta fue aplicada a una muestra nacional de 1.200 hogares distribuidos en todo el país entre fines de noviembre del 2019 y fines de enero del 2020. El muestreo aplicado se llevó a cabo en tres etapas en la primera de las cuales se seleccionaron 120 segmentos censales con probabilidad proporcional al número de viviendas de uso residencial permanente según el Censo de Población y Vivienda del 2011. Luego, en cada segmento se seleccionaron dos manzanas y, por un mecanismo de selección sistemático con un inicio aleatorio, se escogieron los hogares. En cada hogar seleccionado se entrevistó a un integrante de 18 años o más edad. Se incluyeron personas de ambos sexos, de todos los estratos socioeconómicos, habitantes en viviendas familiares de uso residencial permanente ubicadas en centros poblados de Venezuela con más de 2.500 habitantes. La información fue proporcionada por el respondiente al entrevistador de manera directa con el empleo de un cuestionario impreso.

Tres entidades (Zulia, Miranda y Distrito Federal) proporcionaron entrevistados por encima del 10%, seis estados (Carabobo, Aragua, Lara, Anzoátegui, la triada Bolívar-Amazonas-Delta Amacuro y Táchira) aportaron cada uno entre 5% y menos del 10% y el resto de las entidades porcentajes entre 1% y menos del 5%.

El análisis estadístico de los datos que realizaremos es de carácter descriptivo dado el tipo de muestreo empleado para la recolección de los datos. La asociación estadística entre variables se llevó a cabo empleando pruebas basadas en la razón de verosimilitud con una interpretación descriptiva (Christensen, 1997) y el cálculo de valores test (Morineau, 1984). Adicionalmente se utilizaron técnicas del análisis de correspondencias simples y múltiples (ACS y ACM respectivamente) y el método RECIP de clasificación automática para la formación de conglomerados basados en los insumos proporcionados por el ACS y el ACM (Lebart et al, 1984; Bécue, sf). El procesamiento de los datos se hizo empleando los programas de computación Statistical Package for the Social Sciences (SPSS en su versión 22) y el Système Portable pour l’Analyse de Données (SPAD en su versión 5.6).

Resultados

La caracterización sociodemográfica de los entrevistados se puede sintetizar listando la clase modal de las variables sociodemográficas medidas en la encuesta: sexo femenino (50.2%), edad comprendida entre 30 y 55 años (53.3%), al menos un grado de educación secundaria (51.4%), trabajador remunerado (62.7%), color de piel auto declarada blanca (34.3%), estado civil soltero (39.0%), de religión católica (71.2%), habitante de una ciudad grande (42.8%), autodefinición política como opositor (37.3%), de clase socioeconómica objetiva D (60.8%, en una escala donde A es Alta y E es Baja) y de clase socioeconómica autodefinida 5 (30.6%, en una escala donde 1es Baja y 10 es Alta).

Cuatro de cada diez respondientes manifiestan algún grado de acuerdo con que una persona tiene derecho a matar para defender a su familia. Cuando se pregunta lo mismo, pero para defender su casa o propiedad, la relación baja a 3.5 por cada diez entrevistados (ver Tabla 1). Aun cuando el grado de acuerdo con matar para defender a la propiedad es menor que para defender a la familia, existe una fuerte relación directa entre ambas motivaciones tal y como puede observarse en la Tabla 2; es decir, aquellos que consideran que una persona tiene derecho a matar para defender a su familia también consideran justificado matar para defender a la propiedad (92,2%) y a la inversa (81,9%) (Ver Tabla 2).

Las variables que presentaron una asociación estadísticamente significativa con las preguntas sobre el derecho a matar para defender a la familia o la propiedad fueron la percepción que tenían los entrevistados sobre la protección que ofrecen sus vecinos contra la delincuencia y la protección proporcionada por la policía. También se encontró asociación significativa con la confianza que los entrevistados tienen en los tribunales y las leyes, y en las personas en general.

Desde el punto de vista territorial, hay nueve estados en los que el porcentaje de entrevistados que está de acuerdo, en algún grado, con matar para defender la familia está por encima del promedio del 42%. De esos estados, seis sobrepasan el 50% del acuerdo, a saber: Lara (77%), Cojedes (75%), Yaracuy (70%), Falcón (60%), Zulia (58%) y Vargas (58%). Los estados que superan al promedio, pero sin sobrepasar el 50% de los entrevistados, son Táchira (49%), Miranda (48%) y el Distrito Capital (45%).

Cuando se trata de matar para defender la casa o la propiedad, cambian los porcentajes y cambia el orden del acuerdo. Cabe mencionar que ya no destacan por encima del porcentaje promedio ni el Distrito Capital ni el estado Vargas, pero entra el estado Sucre. De esta forma, las entidades con mayor acuerdo en matar para defender la casa o la propiedad son Lara (65%), Falcón (57%), Yaracuy (55%), Zulia (53%) y Cojedes (50%). Y por encima del promedio (35.6%), pero sin alcanzar a sobrepasar el 50% de los entrevistados, están Sucre (48%), Miranda (38%) y Táchira (35.8%).

¿Quiénes son los respondientes que desde una perspectiva sociodemográfica muestran acuerdo con el derecho de las personas a matar para defender a la familia, la casa y la propiedad? En general, las asociaciones encontradas para la defensa de la familia son también replicadas para la defensa de la casa o propiedad, aunque en menor proporción. Los hombres muestran un acuerdo mayor que las mujeres, 46% vs 38%, respectivamente, para defender a la familia, y de 40% vs 31% para defender la casa o la propiedad. A mayor nivel educativo es menor el apoyo al “derecho de matar” para defender a la familia (44% hasta primaria, 43% secundaria y 41% educación superior) y para defender la casa o propiedad (38% hasta primaria, 36% secundaria y 34% educación superior). Los entrevistados que tienen trabajo muestran un grado de acuerdo con el derecho de matar para defender a la familia (46%) mayor que los que no tienen un trabajo (37%).

La defensa de la casa o la propiedad también justifica el derecho de matar de manera diferencial entre los distintos grupos de auto ubicación social en una escala del 1 (Más bajo) al 10 (Más alto) (30% para los niveles 1-2, 44% niveles 3-4, 35% niveles 5-6-7 y 29% niveles 8-9-10). La creencia religiosa también modula el grado de acuerdo con las dos causas analizadas. El grupo de entrevistados con mayor apoyo es el que no profesa religión alguna (58% para defender a la familia y 54% para defender a la propiedad), le siguen en orden de magnitud el grupo de los católicos (42% y 34%, respectivamente) y el de los que tienen otra religión (35% y 19%), y son los evangélicos los que muestran el menor acuerdo con el derecho de matar (29% para defender a la familia y 27% para defender la propiedad). El lugar de residencia también está significativamente asociado con la opinión sobre el derecho a matar; los resultados muestran que los mayores porcentajes de acuerdo se verifican en los pueblos o ciudades pequeñas y en los pueblos campesinos (47% y 57% para defender a la familia y 42% y 48% para defender a la casa o propiedad) y los menores se obtienen en las ciudades medianas y grandes y en sus barrios (41% y 40% para defender a la familia y 35% y 32% para defender a la casa o propiedad). Finalmente, la auto definición política también está asociada con el acuerdo en matar para defender a la familia, la casa o la propiedad. El grupo que muestra menor acuerdo es el de los chavistas (37% para defender a la familia y 30% para defender a la casa o propiedad), el grupo intermedio es el de los opositores (44% para defender a la familia y 37% para defender a la casa o propiedad) y el grupo que muestra mayor apoyo es el que no se identifica políticamente (45% para defender a la familia y 40% para defender a la casa o propiedad).

Para una mejor comprensión de las relaciones entre el grado de acuerdo expresado con el derecho a matar para defender a la familia que tiene una persona o para defender su casa o propiedad con las preguntas sobre actuación ilegal de la policía, percepción de la protección recibida por la policía o los vecinos, confianza y la calificación del trabajo de las instituciones, se llevó a cabo un análisis de correspondencias múltiples en el cual las dos variables principales de este estudio fueron establecidas como las variables activas, estructurando un espacio del derecho a matar y el resto de variables mencionadas, junto con algunas variables sociodemográficas que resultaron estadísticamente asociadas y que fueron ubicadas como variables ilustrativas.

En el Gráfico 1 se muestran los resultados y en el mismo se puede observar que el primer eje factorial, horizontal, quedó definido por la oposición de quienes afirmaron estar totalmente de acuerdo contra los que sostuvieron estar totalmente en desacuerdo. En el segundo eje factorial, el vertical, se suavizan las opiniones y el eje opone a quienes dijeron estar simplemente de acuerdo a quienes expresaron parcamente su desacuerdo. Ambos ejes explican un 44% de la variabilidad total en los datos.

Los insumos del ACM se emplearon para realizar un análisis de clasificación automática (ACA) que permitiera de una manera eficiente caracterizar con mayor detalle quiénes son los que opinan que las personas tienen el derecho de matar para defender a la familia o para defender la casa o la propiedad. El resultado de tal ejercicio se presenta en el Gráfico 1, donde se señalan los los cinco conglomerados (clusters) resultantes. Conviene recordar que aunque los conglomerados reúnen a individuos semejantes, no son totalmente homogéneos. Los conglomerados se caracterizan porque la presencia de individuos con ciertas características es más frecuente en ese grupo que en la muestra total. Los cinco conglomerados son los siguientes:

Grupo 1: Los que están totalmente de acuerdo con el derecho de matar para defender a la familia o la propiedad

El conglomerado 1/5 está formado por 200 personas que representan un 17% de la muestra. La totalidad de este grupo está totalmente de acuerdo con que una persona tiene el derecho de matar para defender a su familia, su casa o su propiedad, cuando sólo el 18% de la muestra completa estaba de acuerdo con lo primero y un 23% con lo segundo. En el grupo, los no creyentes están en mayor proporción que en la muestra completa (22% contra 14%, respectivamente). Adicionalmente, el conglomerado se caracteriza por entrevistados que:

Declaran acuerdo total con que la policía tiene derecho de matar a los delincuentes, a invadir una casa sin orden de cateo, a detener sospechosos de algún delito, a detener jóvenes por su aspecto y a torturar sospechosos de haber cometido algún delito en un promedio del 24% que duplica la proporción que en la muestra completa comparten tales opiniones. Muestran acuerdo total con la afirmación de que sus vecinos son una ayuda para proteger a la familia (33% contra 19% en la muestra total). No tienen ninguna confianza en los tribunales y las leyes (41% contra 29% en la muestra completa); manifiestan total desacuerdo con que la policía los protege de los delincuentes (49% vs 39%). Y consideran que casi siempre no se puede confiar en la gente (49% vs 39%).

Grupo 2: Los que están de acuerdo con el derecho de matar para defender a la familia o la propiedad y guardan silencio

Este conglomerado que identificamos como 2/5 de tamaño 62 personas (5% de la muestra) contiene mayoritariamente los valores perdidos de la mayor parte de las variables activas e ilustrativas. Aunque el grupo en sí mismo es de poco interés, hay que advertir que algunas respuestas en las que se declara no saber, quizá son inducidas por el temor de manifestar su opinión ante un extraño, como lo sería el entrevistador, y por lo tanto prefieren ocultarse bajo el silencio antes que dar una respuesta que el respondiente considera puede ser comprometedora. Este grupo debe ser interpretado no tanto por lo que dice como por lo que calla.

Grupo 3: Los que están de acuerdo con el derecho de matar para defender a la familia o la propiedad y lo expresan

El conglomerado 3/5 agrupa 251 respondientes para un 21% de la muestra y se caracteriza por estar de acuerdo con el derecho de matar para defender la familia, la casa o la propiedad (85% contra el 18% en la muestra total para la defensa de la familia y 75% contra el 16% para la defensa de la casa o propiedad). De manera similar al grupo 1, también se presenta una fuerte asociación con el acuerdo de la actuación ilegal de las policías; en este caso, por cada persona en la muestra total que manifiesta acuerdo hay 1.6 personas en este conglomerado que también lo hacen. Pero en este conglomerado aparece como característico del grupo su opinión con la idea que nunca se puede confiar mucho en la gente (47% contra 36% en la muestra total). El grupo también presenta una mayor proporción de entrevistados que están en desacuerdo con la detención de jóvenes sospechosos por su aspecto físico (35% vs 27% en toda la muestra).

Grupo 4: Los que están en total desacuerdo con el derecho de matar para defender la familia o la propiedad

El conglomerado 4/5 está formado por 481 personas que representan un 40% de la muestra. El 96% del grupo está totalmente en desacuerdo con que una persona tiene el derecho de matar para defender a su familia y el 88% lo está en relación con el derecho de las personas de matar para defender la casa o la propiedad. En la muestra completa sólo el 42% y el 36% están en total desacuerdo, respectivamente, con las dos causas referidas. En este conglomerado los evangélicos están en mayor proporción que en la muestra completa (18% contra 13%, respectivamente) y también los entrevistados que se autocalificaron como chavistas están estadísticamente sobre representados en este grupo (37% contra 31% en toda la muestra). Adicionalmente, el conglomerado se caracteriza por entrevistados que:

Declaran total desacuerdo con que la policía tiene derecho de matar a los delincuentes, a torturar sospechosos de haber cometido algún delito, a invadir una casa sin orden de cateo, a detener jóvenes por su aspecto y a detener sospechosos de algún delito. El porcentaje promedio para las cinco actuaciones en el conglomerado es del 63%, mientras que para la muestra completa alcanza el 45%. Manifiestan un mayor desacuerdo total con la afirmación de que sus vecinos son una ayuda para proteger a la familia (29% contra 23% en la muestra total). Tienen mayor confianza total en los tribunales y las leyes (6% contra 4% en la muestra completa). Creen más que casi siempre se puede confiar en la gente (24% vs 20%).

Grupo 5: Los que están en desacuerdo con el derecho de matar para defender la familia o la propiedad

El conglomerado 5/5 agrupa 206 respondientes para un 17% de la muestra y se caracteriza por estar en desacuerdo con el derecho de matar para defender la familia, la casa o la propiedad (100% contra el 20% en la muestra total para la defensa de la familia y 93% contra el 20% para la defensa de la casa o propiedad). De manera similar que en el conglomerado anterior, también se presenta una fuerte asociación con el desacuerdo de la actuación ilegal de las policías, en este caso la cantidad de personas que expresan su reprobación a la actuación ilegal de la policía duplica a las de la muestra total. Los miembros del conglomerado también muestran desacuerdo con la afirmación que la policía los protege.

Discusión

Los resultados del estudio muestran un apego mayoritario de la población venezolana al respeto a la vida y su rechazo a la idea de matar, aun siendo en defensa de otros valores importantes. Muestra, también, que el valor de la familia es superior al valor de la propiedad y que esos clivajes están condicionados por unos rasgos sociales como la religión, el sexo, la ocupación o el lugar donde vive el respondiente.

La defensa de la vida

Aunque hay un mayoritario rechazo tanto en la idea de matar para defender la familia, como en la de matar para defender la propiedad, el rechazo se reduce en el caso de la defensa de la familia. Cuando la pregunta se refería a la defensa de la propiedad, el rechazo fue 1.81 veces superior a la aprobación; pero cuando se refería a la defensa de la familia, esa reprobación descendía y era 1.37 veces mayor.

La diferencia entre los que aprueban y desaprueban se hace más grande entre aquellos que manifestaron las opiniones más fuertes, como el total acuerdo o total desacuerdo, y se suavizaron cuando las opiniones se expresaron de manera atenuada, con apenas un acuerdo o desacuerdo en la escala de Likert. En este último conjunto de los moderados en sus opiniones, encontramos bastante paridad en la magnitud de aprobación o rechazo. En relación a la familia, el porcentaje de los que aprueban o desaprueban es casi igual, y por ello la razón estadística es de 1.07. En el caso de la defensa de la propiedad, la desaprobación es algo superior y la razón estadística es de 1.11 veces. En definitiva, son casi de igual magnitud quienes aprueban y quienes rechazan.

No ocurre lo mismo cuando las opiniones son extremas, pues la diferencia se hace mucho más significativa entre quienes aprueban mucho o rechazan mucho. Para la defensa de familia, los que rechazan son 1.61 veces mayor que los que aprueban, y para la defensa a la propiedad son 2.31 veces mayor los que reprueban que los que están totalmente de acuerdo. Hay un valor social diferencial para la familia que se expresa en quienes estando de acuerdo con matar para defender a la familia, expresaron su desacuerdo con el derecho de matar para defender la propiedad, tal y como puede observarse en la Tabla 2. Reiterando que la defensa de la familia es un valor superior al de la defensa de la propiedad.

Los ilegalismos y el respeto al Estado de derecho

En segundo lugar, se observó que hay una asociación en la aprobación que dan los entrevistados a los comportamientos de ilegalidad de distinta naturaleza. Por un lado, hay una fuerte asociación entre el acuerdo con el derecho a matar para defender a la familia y el derecho para defender la casa o propiedad, quienes aprueban uno tienden a aprobar los dos. Por el otro, hay una asociación entre quienes aprueban el derecho a matar por la familia o la propiedad, y la aprobación de las acciones ilegales y arbitrarias de la policía. Y, al contrario, también se expresa en quienes rechazan la idea de matar para defender la familia o la propiedad, que también repudian que la policía tenga derecho a invadir una casa o detener a unos jóvenes que considere sospechosos por su aspecto físico o que pueda matar a los delincuentes o torturarlos para obtener información.

El estudio permitió identificar dos constelaciones culturales radicalmente distintas en relación al respeto o no de la vida humana y al acatamiento o transgresión del Estado de derecho. Esas dos constelaciones es lo que muestra las diferencias que se encontraron en el análisis de correspondencia múltiple y que permitieron la formación de los cinco conglomerados. De esos resultados se pueden desprender algunos rasgos sociales que determinan las diferencias en las posturas ante las normas culturales relativas al derecho de dar muerte. Revisémoslas una por una.

Religión

La creencia religiosa actúa como un factor diferenciador en la valoración del derecho a matar. Hay un antagonismo entre los creyentes en alguna religión, que rechazan la idea de matar, y los no-creyentes quienes sí la aprueban. Si bien los evangélicos destacaron en alguno de los cinco grupos como los más opuestos a los dictum, en conjunto los creyentes en una religión, tanto ellos como los católicos o cualquier otro que declararon tener cualquier religión, rechazaban la idea de matar. La religión funciona entonces como un factor de contención moral y de defensa de la vida. Los que expresaron no tener religión tendían a aprobar las acciones violentas.

Sexo

El segundo elemento que destaca es de las mujeres rechazando la idea de matar y los hombres apoyándola. Hay en este caso un componente cultural relevante, vinculado a la construcción del género, y que se expresa en la presencia de un patrón de la masculinidad guerrera y tomadora de riesgos, que tanto afecta las altas tasas de mortalidad masculina, por un lado, y, por el otro, el comportamiento protector de las mujeres como madres y esposas que privilegian la evitación del riesgo.

Empleo

El estudio mostró una oposición entre los trabajadores que tienen empleo, los cuales tendían a apoyar los derechos a matar, y los trabajadores que estaban desempleados quienes lo rechazaban. No es sencillo interpretar este clivaje; uno puede asumir que los desempleados son una categoría social distinta, con valoraciones distintas, más empobrecida o que viven en zonas de más riesgo, o también que los trabajadores tienen algo más que “defender” cuando se trata de la casa o la propiedad.

Cultura Rural-Urbana

Otro clivaje interesante que muestra el análisis, aunque se vincula no a las opiniones extremas sino a las moderadas, son aquellas que se expresan en el acuerdo-desacuerdo parco. Representan un continuo que va desde una mayor aprobación en el pueblo campesino o el pueblo o ciudad pequeña, donde hay más aceptación del derecho de dar muerte, hacia una menor aprobación en la ciudad grande o en sus barrios, donde se incrementa el rechazo. Este gradiente resulta interesante pues pareciera que entre los valores de la sociedad rural se acepta más la defensa individual que en las ciudades, sea en los barrios o en los otros sectores urbanos. Este hallazgo es coherente con las teorías sociales que han expresado que la ciudad es lugar de la ley y de la norma, quizá porque hay una mayor presencia del Estado o porque ha habido un proceso de socialización normativa diferente por la mayor difusión de la educación en las escuelas. O tal vez simplemente ocurre que como las poblaciones urbanas han vivido con más crudeza el incremento de la violencia, han desarrollado una conciencia de la importancia de no reproducir su ciclo en las acciones individuales propias.

Conclusiones

En la sociedad venezolana coexisten dos maneras de interpretar el derecho a la vida y la posibilidad y legitimidad de dar muerte. Esa diferencia se encuentra tanto en la legitimidad social otorgada a la defensa de la familia y de la propiedad, en tanto valores dignos de ser defendidos hasta con una violencia letal, como también en la manera de asumir el sometimiento a las normas legales y al Estado de derecho y en la confianza que se manifiesta hacia los demás ciudadanos.

Estas dos concepciones son unas construcciones culturales complejas que coexisten, pero no tienen magnitudes similares. La que rechaza la legitimidad de dar muerte y defiende la vida y el Estado de derecho, es mayoría y agrupa a seis (57%) de cada diez venezolanos; la otra construcción cultural, la que apoya la legitimidad de dar muerte, agrupa al 38%, cuatro de cada diez venezolanos. Aunque inferior, un número menor y nada deleznable de ciudadanos.

El grupo que se identifica con la construcción cultural del derecho a matar para defender la familia y la propiedad, muestra también un apoyo general por todo tipo de actuación ilegal y violenta de los cuerpos policiales, aunque no confía en los tribunales, ni en los policías, ni tampoco en las personas en general. Es una formación cultural vinculada a la masculinidad, al ethos del hombre guerrero y defensor propio de las comunidades rurales, con escasa presencia del Estado y muy apegadas a la autodefensa. Este grupo tiene una confianza particularista en sus vecinos, pero no en la gente; es decir, tiene poco capital social abstracto y la ausencia de confianza la compensa con una creencia en la autodefensa.

El segundo grupo tiene una construcción cultural diferente, la cual defiende la vida sobre cualquier otro valor o circunstancia. Por esa razón no solo se opone a la tesis de la legitimidad de los actos de matar para defender la familia o la propiedad, sino a todas las otras formas ilegales de actuación de los cuerpos policiales o las personas. Manifiesta una creencia en la vida social regida por leyes y confía en la gente en abstracto; tiene más capital social. Representa la idea femenina y religiosa de la protección de la vida y está más presente en las zonas urbanas, donde ha existido una mayor institucionalidad y presencia del Estado.

Estos dos grupos y construcciones culturales, adquieren luego unos matices que se expresan en el hecho de ser menos enfáticos, sea en su apoyo como en su rechazo. La diferencia estriba en la manera como consideran adecuado responder ante una situación de violencia y la criminalidad, la ineficacia de la policía o la ausencia de capital social. Eso se hace patente en el hecho que, aunque ambos grupos desconfían de la probidad de la policía o de su capacidad para ofrecerles protección ante el delito, unos apoyan la actuación ilegal de la policía y otros la rechazan. El problema que confrontan es el mismo, pero la manera de reaccionar es distinta. La explicación de esa diferencia al reaccionar puede estar en una dimensión religiosa o de capital social, pues quienes están de acuerdo con la legitimidad de dar muerte al otro amenazante, tienen menos confianza en las demás personas y no profesan religión alguna; mientras que quienes rechazan tal idea manifiestan mayor confianza en la gente en general y tienen una creencia religiosa, sea católica, evangélica o de cualquier otra religión.

Los resultados del estudio nos muestran que las respuestas violentas a la violencia no son solo el resultado de una coyuntura de alta criminalidad, violencia e impunidad como la que se ha vivido en Venezuela durante las dos primeras décadas del siglo XXI, sino que se enraízan en patrones culturales más profundos y antiguos que pueden marcar los comportamientos de apoyo o rechazo. No afirmamos que lo coyuntural no tenga relevancia, pues sin lugar a dudas agrava los problemas y exacerba las respuestas violentas. No obstante, lo que muestra el presente estudio es que, a pesar de esa gravedad, de la victimización sufrida y de las amenazas persistentes a que está sometida, una parte significativa de la población venezolana apoya la construcción de una vida social basada en la palabra (Safouan, 1993), en la institucionalidad y el Estado de derecho, y no en la justicia por las propias manos.

Bibliografía

Bécue M. (sin fecha). Manual de introducción a los métodos factoriales y clasificación con SPAD. Barcelona: Servei d’Estadística Universitat Autònoma de Barcelona.

Bourdieu, P. (2012). Sur l’État. Cours au Collège de France 1989-1992. París: Seuil et Raisons d’agir.

Briceño-León, R., A. Camardiel & O. Ávila (2006) Attitudes Toward the Right to Kill in Latin American Culture. Journal of Contemporary Criminal Justice, 22 (4); 303-324.

Briceño-León, R. (2015). El Estado y el Delito Organizado: exceso y vacío normativo. En R. Briceño-León, & A. Camardiel, Delito Organizado, Mercados ilegales y Democracia en Venezuela (págs. 39-62). Caracas: Alfa.

Christensen, R. (1997). Log-Linear Models and Logistic Regression, Segunda edición. New York: Springer-Verlag.

Elster, J. (1990). Norms of Revenge . Ethics, 100, 862-885.

LACSO, 2020, Encuesta Nacional de Violencia y Letalidad Policial, Caracas, LACSO.

Lebart L., Morineau A., Piron M. (1984) Multivariate Descriptive Statistical Analysis. Nueva York: John Wiley.

Morineau A. (1984) Note sur la caractérisation statistique d’une classe et les valeurs-test. Technique du CESIA, 2, pp. 20-27. París.

Safouan, M. (1993). La Parole ou la Mort. Comment une societé humaine est-elle possible? París: Editions du Seuil.

Sarat, A., & Shoemaker, K. (2011). Who Deserves to Die? The Construction of Executable Subjects. Amherst-Boston: University Massachusetts Press.

Weber, M. (1965). Economía y Sociedad (Vol. II). Ciudad de México: Fondo de Cultura Económica.

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